La reforma prohíbe la venta, fabricación o distribución de vapeadores y cigarrillos electrónicos
Ciudad de México.- Mañana, viernes 16 de enero, entrará en vigor la reforma a la Ley General de Salud que prohíbe la venta, fabricación o distribución de vapeadores, cigarrillos electrónicos y demás dispositivos análogos, aprobada por el Congreso en diciembre del año pasado.
Por lo que también serán aplicables las sanciones para quien infrinja la ley, es decir, de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 (11 mil 731 pesos) a 2 mil veces (234 mil 620 pesos) el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (117.31 pesos).
La reforma fue publicada hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y detalla que está prohibido utilizar cualquier sistema electrónico o mecánico que se utilice para calentar, vaporizar o atomizar sustancias tóxicas líquidas, geles, sales, ceras, aerosoles secos, resinas, aceites cerosos u otra nueva formulación sintética, con o sin nicotina.
Queda prohibida publicidad sobre vapeadores
También se prohíbe la publicidad o propaganda para que se consuman cigarrillos electrónicos y vapeadores, en cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación.
Con la entrada en vigor de la reforma, las autorizaciones sanitarias relacionadas con cigarrillos electrónicos, vapeadores y demás sistemas o dispositivos análogos, que se hayan otorgado con anterioridad a la entrada en vigor del decreto, quedarán sin efectos.
“La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios notificará a las personas titulares de dichas autorizaciones para que, de manera inmediata, cesen todas las actividades vinculadas a dichos dispositivos”, refiere la reforma.
Tomada de El Universal

